Cap. I — Denominación, Domicilio y Objeto
Art. 1°La institución se denomina "Club Atlético Talleres", con domicilio legal en la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, República Argentina.
Art. 2°El Club tiene por objeto promover, fomentar y desenvolver el deporte amateur y profesional en todas sus manifestaciones, la cultura, la recreación y la integración social de sus asociados y la comunidad.
Art. 3°La institución no persigue fines de lucro y su patrimonio y recursos serán destinados exclusivamente al cumplimiento de sus objetivos estatutarios.
Cap. II — De los Socios
Art. 10°Podrán ser socios todas las personas físicas que lo soliciten y sean aceptadas por la Comisión Directiva, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente estatuto.
Art. 12°Las categorías de socios son: Activo, Vitalicio, Juvenil, Infantil, Cadete, Familiar, Honorario y Adherente. Cada categoría tiene derechos y obligaciones específicos.
Art. 15°Los socios activos mayores de 18 años con más de 6 meses de antigüedad y al corriente de sus cuotas tienen derecho a voto en las Asambleas.
Cap. III — Gobierno y Administración
Art. 20°El gobierno de la institución está a cargo de: La Asamblea General de Socios, la Comisión Directiva y la Comisión Revisora de Cuentas.
Art. 25°La Comisión Directiva estará integrada por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario General, un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero y cinco Vocales Titulares y dos Suplentes.
Art. 28°El mandato de los miembros de la Comisión Directiva es de cuatro (4) años, con posibilidad de reelección. (Modificación aprobada en julio de 2025 por la Inspección de Personas Jurídicas de Córdoba).
Cap. IV — Del Patrimonio
Art. 40°El patrimonio social se compone de los bienes inmuebles, muebles, derechos y acciones que posea o adquiera la institución; las cuotas sociales; las recaudaciones por espectáculos; las donaciones, legados y subsidios; y todo otro ingreso lícito.
Art. 42°El ejercicio económico cierra el 31 de diciembre de cada año. La Memoria, Inventario, Balance General y Estado de Resultados deberán ser presentados a la Asamblea dentro de los 120 días del cierre del ejercicio.